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Pasos a seguir

Para tramitar esta vía de acceso debes seguir los pasos siguientes:

Passos a seguir pels estudiants amb titulació universitària

1. Documentación

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  1. Documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia o por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería. En el caso de los ciudadanos españoles, documento nacional de identidad o autorización para verificar los datos de identidad que obran en poder de la Administración.
  2. Título cuya homologación se solicita o de la certificación acreditativa de su expedición y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.
  3. Certificación académica de los estudios realizados para la obtención del título, en la que consten, entre otros extremos, la duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria total de cada una de ellas expresada en horas o en créditos ECTS (europeos) y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.
  4. Acreditación del pago de la tasa 107.
  5. Acreditación de la competencia lingüística necesaria para el ejercicio en España de la correspondiente profesión regulada (ver Artículo 13.2 del Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre).
  6. Declaración responsable en la que la persona interesada manifieste la veracidad de los datos que aporta.

Los documentos anteriores son imprescindibles para iniciar el procedimiento. 

Dependiendo de la Profesión Regulada, puede ser necesaria la presentación de otros documentos en cumplimiento de la normativa vigente para cada profesión. Consulta este enlace para consultar qué documentación específica tienes que presentar, en caso necesario.

Recuerda que:

  • Para los estudiantes de la UE: se requiere la traducción de la documentación, si no está en castellano o inglés previamente a la homologación.
  • Para los estudiantes no-UE: se requiere la traducción de la documentación, si no está en castellano o inglés previamente a la homologación y la legalización de los estudios previamente a la homologación.

Consulta como hacerlo en el apartado correspondiente de Traducción y de Legalización.

No es admisible la documentación que se envíe por correo electrónico o por el buzón de contacto de la Oficina de Acceso a la Universidad.

 

2. Legalización

En el caso de los títulos o certificados académicos, la legalización consiste, con carácter general, en el reconocimiento de la firma de la autoridad educativa que expide el documento original (no de la que avala su compulsa o traducción).

Consulta en el apartado de Traducción y Legalización los requerimientos de legalización.

 

3. Solicitud de acceso, estudio del expediente y resolución

Puedes hacer el trámite de la siguiente manera:

  1. Si NO has obtenido la homologación del título
    Si tienes estudios universitarios extranjeros totales o parciales y no has obtenido la homologación del título, puedes solicitar el acceso a la universidad mediante la vía de cambio de estudios extranjeros. 
     
  2. Si has obtenido la homologación del título
    Si tienes estudios universitarios extranjeros totales y has obtenido la homologación del título de Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, puedes solicitar el acceso a la universidad mediante la preinscripción universitaria, por la vía de alumnos titulados.

 

Recuerda que estas dos opciones no pueden ser simultáneas y que, si ha sido denegada la homologación del título, la persona interesada podrá pedir la convalidación parcial de sus estudios, siempre que la denegación no responda a los motivos siguientes:

  • Títulos españoles que ya se hayan extinguido o bien que todavía no estén totalmente implantados.
  • Títulos correspondientes a estudios extranjeros cursados, total o parcialmente, en España, en el supuesto que los centros no tengan la preceptiva autorización para impartir aquellas enseñanzas.
  • Títulos que ya hayan sido homologados en España, o bien que ya se haya pedido la convalidación parcial para continuar estudios en España.