

Aviso: cambios en los ciclos de FP para el curso 2024-2025 |
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En breve actualizaremos esta información para cada uno de los ciclos una vez publicada la normativa de la Generalitat de Catalunya, que recogen las convalidaciones del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional en el capítulo VI, Sección 1ª, el artículo 126 "Convalidaciones, exenciones, equivalencias y homologaciones". |
La convalidación es el procedimiento por el cual se reconoce y da valor académico en los estudios oficiales certificados por la entidad competente.
Para poder solicitar una convalidación se requiere estar matriculado en el ciclo formativo para el cual se pide la convalidación.
Las convalidaciones se clasifican según quienes las resuelve:
Los tipos de convalidaciones de aplicación directa por parte del centro son:
1. Convalidaciones a partir de estudios de formación profesional finalizados o parcialmente superados
En general, se pueden convalidar módulos profesionales y unidades formativas siguientes:
2. Convalidaciones de módulos profesionales por el hecho de tener unidades de competencia acreditadas.
Los alumnos que tengan acreditadas oficialmente, por administraciones laborales o educativas, alguna unidad de competencia que forme parte del Catálogo nacional de calificaciones profesionales tendrá convalidados los módulos profesionales correspondientes que se establecen en la norma que regula cada título.
Procedimiento
El alumno tendrá que presentar la solicitud de convalidación junto con:
Las solicitudes de convalidaciones singulares serán resueltas por la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial y serán todas aquellas que no pueda resolver el centro.
El tiempo estimado de resolución por parte del DGFPIERE es de meses desde su presentación. En tanto el solicitante no haya obtenido la resolución por parte de DGFPIERE, no estará eximido de la asistencia a clase y de la presentación a las evaluaciones correspondientes.
Los alumnos matriculados en uno de los ciclos formativos de formación profesional inicial (LOE) que tengan aprobados un mínimo de 30 créditos de un estudio universitario o 12 créditos ECTS pueden solicitar la convalidación de uno o más de los módulos profesionales o unidades formativas siguientes: "UF1. Incorporación al trabajo", del módulo profesional de Formación y Orientación Laboral, el módulo profesional Empresa e Iniciativa Emprendedora, o unidades formativas creadas por el centro con las horas de libre disposición de ciclos formativos de grado superior.
Para determinar esta convalidación hay que aplicar el baremo siguiente:
Las asignaturas de estudios universitarios oficiales que hayan estado previamente convalidadas o reconocidas no se pueden volver a convalidar por módulos profesionales de los ciclos formativos de grado superior.
Procedimiento
El alumnado solicitará las convalidaciones singulares en el centro, que las enviará a la Dirección General de Formación profesional y Enseñanzas de Régimen Especial.
Hay que presentar:
Si la resolución es favorable, las convalidaciones obtenidas se trasladarán a la documentación de evaluación del alumnado.
CONVALIDACIONES DE TÍTULOS LOGSE Y LOS DERIVADOS DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS
Los créditos así convalidados, no tienen asignada ninguna puntuación, conastando en el expediente del alumno como CONVALIDADO y no computará a efectos del cálculo de la calificación final del ciclo formativo.
CONVALIDACIONES DE TÍTULOS LOE
En el caso de módulos profesionales o unidades formativas superados que tengan la misma de nominación y currículum, y que sean comunes a varios ciclos formativos, la calificación obtenida se traslada desde el primer ciclo formativo en el cual se ha cursado.
Los módulos profesionales o unidades formativas convalidados de ciclos formativos LOE de acuerdo con el anexo III y el anexo IV del RD 1085/220, de 9 de diciembre, recollidrà la calificación obtenida en el módulo profesional cursado, y se tendrán en cuenta a efectos de cálculo de la nota media.
Hay que tener en cuenta que: