Prácticas externas

Practicas académicas externas

Las prácticas académicas externas constituyen una actividad formativa cuyo objetivo es complementar los conocimientos adquiridos durante la formación académica y favorecer así la adquisición de competencias que sean útiles para el ejercicio de la actividad profesional, faciliten la ocupabilidad y fomenten la capacidad de emprendimiento.
Las prácticas se pueden hacer en la propia universidad o en entidades colaboradoras, tales como empresas, instituciones y entidades públicas y privadas en el ámbito nacional e internacional.
En caso que estas prácticas las realices en instituciones con menores de edad, consulta este enlace para obtener más información.

Objetivo

Con la realización de las prácticas académicas externas se pretende:

  • Contribuir a la formación integral complementando el aprendizaje teórico y práctico.
  • Facilitar el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad profesional en la que hay que operar.
  • Favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas.
  • Obtener una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de trabajo y mejore su empleabilidad futura.
  • Favorecer los valores de la innovación, la creatividad y el emprendimiento.
Tutor de prácticas

La empresa o institución debe contemplar la figura de una persona tutora de la entidad con los conocimientos necesarios, que debe definir el proyecto formativo y velar por la formación de los estudiantes, y que, una vez finalizada la estancia de prácticas, elaborará el informe final según el modelo adjunto. Asimismo, si la persona tutora de la UAB y la designada por la entidad establecen la necesidad de un informe intermedio, la persona tutora de la entidad lo redactará según el modelo adjunto.

Proyecto formativo

La entidad colaboradora establecerá un proyecto formativo, según el modelo adjunto al convenio específico aprobado por la UAB, donde se especificarán, entre otras cosas, las tareas en que colaborará el estudiante, a quien se le deberá proporcionar unos conocimientos prácticos de su profesión futura; es decir, deben estar directamente relacionadas con los estudios que esté cursando.

Evaluación

Para evaluar las prácticas, y una vez finalizada la estancia, el estudiante elaborará una memoria final, según el modelo adjunto. Asimismo, si la persona tutora de la UAB y la persona tutora de la entidad en la que se realizan las prácticas así lo establecen, el estudiante redactará y entregará un informe intermedio según el modelo adjunto.

Documentación relacionada

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el cual se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, está derogado por el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el cual se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

Real Decreto 1497/1981, RD 1497/1981, de 19 de junio, sobre Programas de Cooperación Educativa Part final de la Url del document (es): No disponible Nom del document (en): Real Decreto 1497/1981, RD 1497/1981, de 19 de junio, sobre Programas de Coope
Real Decreto 1845/1994, de 9 de septiembre, por el que se actualiza el Real Decreto 1497/1981
Real decreto 592/2014, por el que se regulan las prácticas académicas externas
Normativa académica UAB. Vigente a partir del curso 2022-2023
Convenio específico de cooperación educativa para la realización de prácticas académicas externas en entidades colaboradoras
Modelo de informe intermedio del estudiante (en catalán)
Modelo de memoria final del estudiante (en catalán)
Modelo de informe intermedio de la persona tutora de la entidad colaboradora (en catalán)
Modelo de informe final de la persona tutora de la entidad colaboradora (en catalán)