Evaluación por compensación
Evaluación curricular mediante compensación
Consiste en la compensación de calificaciones entre asignaturas de una titulación de grado.
Requisitos
- Haber agotado en esta asignatura el número de matrículas ordinarias de la UAB, establecido en la normativa que regula el régimen de permanencia.
- Si con la superación de la asignatura finalizas los estudios, no es necesario que hayas agotado el número de matrículas ordinarias.
- Si solicitas la evaluación por compensación de una asignatura optativa, será imprescindible que finalices tus estudios con la superación de esta asignatura.
- Haber obtenido en alguna de las evaluaciones de la asignatura una calificación igual o superior a 3,5.
- La evaluación por compensación se podrá solicitar una sola vez en cada titulación. Quedan excluidos el trabajo de fin de grado y el prácticum.
- Sólo podrá compensarse una asignatura de 12 créditos como máximo.
- El decano o decana o director o directora de cada centro resolverá las solicitudes de evaluación por compensación, de acuerdo con los requisitos aquí expuestos.
- Los períodos de solicitud y de evaluación se establecerán en el calendario académico administrativo de la UAB.
- Las asignaturas aprobadas por compensación se consignarán en tu expediente en el momento del cierre global de la asignatura, o después de la fecha de este cierre si la resolución es posterior.
- La calificación de la asignatura es apto/a por compensación y no puede ser objeto de reconocimiento en otras enseñanzas de grado de la UAB. Para la baremación de expediente estas asignaturas se computarán con una calificación de 5.
- El estudiante tendrá que estar matriculado de la asignatura para la que solicitas la evaluación por compensación durante el año académico en el que presentes la solicitud.