Reconocimiento de créditos
Requisitos
Si has superado enseñanzas universitarias en la UAB o en cualquier otra universidad del Estado español o del extranjero puedes solicitar el reconocimiento y la transferencia de créditos en caso que se te admita en otros estudios de grado o de máster.
Estos créditos pueden ser objeto de reconocimiento tanto si has obtenido el título correspondiente como si no has finalizado los estudios (asignaturas y módulos).
El reconocimiento implica que la UAB acepta las enseñanzas previas y permite incorporar los créditos reconocidos al nuevo expediente académico para que tengan la consideración de formación superada. También se tendrán en cuenta a efectos de baremación del nuevo expediente.
La solicitud debe incluir la totalidad de las enseñanzas superadas que consten en el expediente académico de los estudios anteriores. El reconocimiento de créditos se llevará a cabo teniendo en cuenta la equivalencia entre las competencias y los contenidos de formación de los estudios previos y de los nuevos estudios.
Si la solicitud de reconocimiento de créditos se acepta, las enseñanzas reconocidas se incorporan al nuevo expediente académico cuando se lleve a cabo el pago del precio de reconocimiento de créditos (establecido en el Decreto de precios de la Generalitat de Catalunya). Una vez incorporados los créditos, no se podrá renunciar a ellos.
Asimismo, cuando se acepte la solicitud de transferencia, todas las enseñanzas superadas e incluidas en el certificado académico de los estudios previos se incorporarán en en el nuevo expediente y no podrás renunciar a ellos.
Por otra parte, si deseas hacer simultaneidad de estudios, no se puede tramitar la transferencia de créditos.
Las enseñanzas transferidas no computan a efectos de la superación de los nuevos estudios ni de la baremación en el nuevo expediente académico.
Presentación de solicitudes
Hay que presentar la solicitud en los plazos fijados en el calendario académico-administrativo, y dirigirla al decanato o dirección del centro en que hayas sido admitido para cursar los nuevos estudios. Esta solicitud se presenta en la gestión académica del propio centro, acompañada de la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud.
- Certificación académica personal, suplemento europeo al título o fotocopia compulsada del expediente académico en que figure la formación realizada, el año académico y las calificaciones.
- Guía docente del módulo o asignatura en la que figuren las competencias, los contenidos, los conocimientos asociados y el número de créditos o de horas/semanas por semestre o año, con el sello del centro de origen correspondiente.
- Plan de estudios o cuadro de asignaturas o módulos exigidos para realizar las enseñanzas previas, expedido por el centro de origen, con el sello correspondiente.
- Cualquier otra documentación que el centro considere adecuada para tramitar la solicitud.
Si las enseñanzas previas se han obtenido en una universidad de fuera del Estado español, se debe presentar, adicionalmente, la siguiente documentación:
- Información sobre el sistema de calificaciones de la universidad de origen.
- Si procede, la traducción correspondiente efectuada por un traductor jurado.
Todos los documentos deben ser oficiales, expedidos por las autoridades competentes y estar convenientemente legalizados por vía diplomática, según las disposiciones establecidas por los órganos competentes, excepto la documentación proveniente de países miembros de la Unión Europea.
Normativa de la UAB aplicable a los estudios universitarios regulados de conformidad con los planes de estudios regulados por el RD 822/2021
Servicio de Acompañamiento al Reconocimiento Universitario (SARU)
Servicio de equivalencia de notas medias de ANECA
Legalización de documentos (Ministerio de Educación)
Legalización de documentos (Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación)