INTERNATIONAL SUPPORT SERVICE

Familiars d'estudiants extracomunitaris

Documentos:

1. Tasa 790 052: La TASA debe pagarse antes de presentar la solicitud de renovación y aportar copia del justificante de pago junto con el resto de la documentación. El hecho de pagarla no implica la concesión automática de la renovación pero no será posible resolver favorablemente la solicitud mientras no conste el pago de las tasas correspondientes. Si tenéis problemas para descargar este PDF, encontraréis el documento también al final de esta página.

2. Formulario Ex-00

3. Pasaporte (página con datos personales)

4. Tarjeta de Autorización de Estancia 

5. Tarjeta de Autorización de Estancia del titular que da derecho al régimen de familiar de estudiante

6. Certificado de matrimonio o certificado de nacimiento

7. En caso de hijos/hijas, certificado de escolarización en España

8. Medios económicos. El familiar responsable debe demostrar/acreditar que dispone de los medios económicos para mantener a la familia. (tabla medios económicos)

9. Contrato de seguro médico que cubra durante la estancia en España los gastos médicos -en su caso- asociados a un accidente o enfermedad.

 

Cita Previa
Tasa Renovación NIE

La UAB, a través del International Support Service, ofrece asesoramiento sobre el trámite, que deberá realizarse en la Comisaría de Policía Nacional correspondiente a cualquier localidad de la provincia donde el estudiante esté empadronado.

Todos los documentos deben ser presentados en lengua oficial (español o catalán), de no ser posible, se aceptarán los originales debidamente legalizados (Hoja 37) en otros idiomas que estén acompañados por una traducción jurada.

Documentos a presentar:

1. Impreso oficial (Hoja EX -17) (original + 1 copia)
2. Fotocopia pasaporte
3. Fotocopia del visado tipo D Estudiante (abierto)
4. Fotocopia del sello de entrada en la UE o billete de avión (tarjeta de embarque)
5. Fotografías tamaño carné (3)
6. Certificado de empadronamiento
7. Certificado de matrimonio y/o partida de nacimiento
8. Fotocopia del Resguardo o autorización de estancia del titular que da derecho al régimen de familiar de estudiante (caso de reagrupación familiar)
9. Tasa 790 Código 012: Opción "TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores transfronterizos."

La Comisaría expedirá de inmediato un resguardo oficial de la Tarjeta. La Tarjeta de Autorización de Estancia por Estudios se recibirá entre uno y dos meses. Su validez dependerá del período de estudios o de la finalización del curso académico.

NOTA IMPORTANTE: Se dispone de un máximo de 30 días naturales para solicitar la Autorización de Estancia por Estudios desde la fecha de entrada en la Unión Europea. A este efecto, es imprescindible conservar los billetes de vuelo (tarjeta de embarque) o que se obtenga el sello de entrada en aduanas.

Los familiares de un país externo a la Unión Europea que vayan a realizar una estancia en España deberán obtener un visado tipo D para familiares de estudiante antes de marchar de su país de origen. El visado se puede solicitar en el Consulado o Embajada españoles más cercanos a su localidad.

Sin este visado no se podrá obtener la Autorización de Estancia por Estudios necesario para conseguir estancia legal en España.

Es importante preveer la duración de la estancia, ya que hay un visado tipo D que solo es válido para 180 días (D Estudios hasta 180 días) y una vez en España no es posible renovar el visado ni solicitar la Autorización de Estancia por Estudios con el visado limitado. En caso de prever una estancia de más de 6 meses, es necesario obtener un visado tipo D Estudios (abierto) antes de partir del país de origen.

Una vez en España, no es posible cambiar un visado. El único visado válido es el que el internacional no europeo obtiene en la Embajada Española o Consulado antes de venir. Solamente los familiares con visado D Estudiante (abierto) podrán solicitar la Autorización de Estancia por Estudios a su llegada a España.

La Autorización de Estancia por Estudios es un permiso de estancia temporal válido para el tiempo en que dure la estancia de estudios en España. El permiso se concede por un máximo de un año académico y se renueva anualmente. El documento es el título que demuestra el derecho legal del titular a permanecer en el país.

Al entrar en la Unión Europea se dispone de un máximo de 30 días naturales para comenzar el proceso de solicitud de la Autorización de Estancia por Estudios. A este efecto, es imprescindible conservar los billetes de vuelo (tarjeta de embarque) o que se obtenga el sello de entrada a la Unión Europea en el pasaporte al atravesar las aduanas.