Los estudios

Régimen de permanencia

  • Según la normativa que regula la evaluación del alumnado de los ciclos formativos de formación profesional, el alumnado dispone de un total de cuatro convocatorias para superar cada módulo.
  • Con cada matrícula, el alumno/a tiene derecho a dos convocatorias a cada módulo.
  • El estudiante que haya perdido su derecho a la evaluación continuada o que abandone, pierde la primera convocatoria (Ordinaria) y se hace constar como NP.
  • La presentación a la convocatoria extraordinaria es voluntaria. Por lo tanto, al estudiante que no se presente, no se le contará esta segunda convocatoria a efectos del cómputo máximo, y constará como NP.
  • Con carácter excepcional, el estudiante puede solicitar una quinta convocatoria extraordinaria por motivos de enfermedad, discapacidad u otras que condicionen o impidan el desarrollo de los estudios.
  • Agotadas estas convocatorias, el estudiante no puede continuar los estudios en ningún centro.