Procedimiento

Son acciones formativas de corta duración amparadas por el decreto 822/2021 y la normativa académica de la UAB. La UAB limita a un máximo de 6 ECTS estos programas formativos.

Estos estudios tienen rasgos diferenciales respecto a otras tipologías de estudios propios, las más destacadas serían:

  • Deben responder a una demanda concreta de formación por parte de la sociedad. Para ello se pedirá tener una institución o entidad externa a UAB que validará este aspecto y que debe participar, necesariamente, en el desarrollo del plan de estudios de la microcredencial.
  • En la actualidad, con el fin de impulsar estos programas, habrá una convocatoria por parte de fondos Next Generation, gestionada por la Generalidad de Cataluña, para subvencionar el 70% del coste de las matrículas. Los requisitos, aparte de acreditar una necesidad formativa, es que la formación vaya dirigida a personas entre 24 y 64 años. Esta subvención es vigente hasta junio de 2026.
  • La certificación final será en formato electrónico y será reconocida a nivel Europeo (Europass).
Tramitación de una Microcredencial
  1. Ficha previa. Es el primer documento a tramitar. Hay que rellenar los rasgos básicos del programa formativo que se desarrollarán más adelante en la memoria académica y el presupuesto. Este documento debe ir firmado electrónicamente por la dirección UAB del programa, la persona representante de la parte promotora externa a la UAB y el Decanato o Dirección de Escuela del ámbito de la Microcredencial. Se recomienda contactar con la Escuela de Posgrado para revisar el documento antes de las firmas.
  2. Elaboración de la Memória Académica i del presupuesto. Una vez validada la ficha por parte de la dirección de la Escuela de Posgrado, iniciaremos la fase de trabajo técnico entre la dirección del programa y la Unidad Técnica de Programación Académica de la Escuela de Posgrado. El primer paso será fijar un calendario de trabajo de acuerdo con las dos partes. El objetivo será tener la memoria académica y el presupuesto elaborados en un plazo aproximado de un mes. Cerrados estos documentos deberán firmarse por parte de la dirección del programa y de la persona representante de la parte promotora externa a la UAB.
  3. Una vez recibidos los documentos firmados y hechas las validaciones internas en la Escuela de Posgrado, se tramitará la documentación al Decanato o dirección de la Escuela correspondiente al ámbito del programa formativo para que haga un informe. Éste será vinculante. El plazo aproximado de este trámite es de unos 20 días.
  4. Una vez recibido el informe y siempre que éste sea positivo, el estudio se presentará a aprobación por parte de la Comisión Permanente del Consejo Académico de la Escuela de Posgrado. Se prevé una tramitación abreviada en un plazo aproximante de 15 días.
  5. Una vez aprobada la microcredencial, se publicará en la web de la UAB (en trabajo técnico) y se podrá hacer la difusión que se considere oportuna con el objetivo de tener el alumnado mínimo necesario para poner en marcha la acción formativa. Todo el alumnado deberá estar matriculado antes de la fecha de inicio del programa.
  6. Estos programas formativos se informarán a la Comisión de Asuntos Académicos de la UAB.