Modificaciones y anulaciones de matrícula
Modificaciones y anulaciones de matrícula
Anulación total
Si quieres anular totalmente tu matrícula, deberás presentar una solicitud en la Gestión Académica, en los plazos que establece el calendario académico. La solicitud deberá dirigirse al decanato o a la dirección de tu centro.
Modificaciones y ampliaciones
Si quieres modificar tu matrícula para realizar un cambio de grupo, una anulación de asignaturas, o una ampliación, deberás abonar la cantidad fijada en el decreto de precios públicos, en concepto de modificaciones.
Sólo se te cobrará el precio público de la modificación de matrícula la primera vez que solicites la modificación.
Este trámite lo puedes hacer en línea a través de la Secretaria virtual con tu NIU y contraseña.
Plazos de modificaciones:
- Durante el primer plazo puedes hacer modificaciones tanto a asignaturas del primero como del segundo semestre o anuales.
- En el segundo plazo sólo podrás hacer modificaciones correspondientes a asignaturas durante el segundo semestre y que no impliquen un incremento económico de la matrícula, es decir, en el segundo semestre no se puede ampliar el número de créditos matriculados, salvo que sea para finalizar los estudios, para añadir una asignatura de prácticas o el Trabajo de Fin de Estudios. Si participas en un programa de intercambio también puedes solicitar modificaciones que comporten efectos económicos.
Si eres becario:
No podrás augmentar o disminuir el número de créditos; únicamente puedes cambiar asginaturas siempre que el cómputo final del número de créditos coincida con el de tu matrícula inicial.
¿Como funciona la automodificación de matrícula?
- Puedes hacer cambios de grupo y de régimen de permanencia.
- Puedes acceder tantas veces como quieras. Podrás seleccionar la asignatura / grupo siempre que haya plazas vacantes.
- En la primera automodificación de matrícula que finalices saldrá por defecto marcada la tasa de “Modificaciones/automodificación de matrícula”. Esta tasa sólo se te cobrará una vez. Si ya se te ha cobrado la tasa anteriormente, te aparecerá un mensaje informativo.
- No podrás modificar tus datos personales, ni las gratuidades, ni el tipo de beca, ni los plazos del pago.
- La automodificación de matrícula tendrás que abonarla por domiciliación bancaria. En el caso de que no estén informados los datos bancarios, siempre los podrás informar, pero si los datos ya constan como informados, no los podrás modificar.
- En el primer plazo, los estudiantes que hayais seleccionado el préstamo AGAUR en la matrícula, no podréis hacer automodificación de matrícula.
- Si no seleccionaste inicialmente el seguro complementario o de movilidad, podrás seleccionar uno de los dos. Si seleccionaste uno de los dos, sólo podrás cambiarlo por el otro durante las primeras 72 horas. Transcurrido este plazo, sólo podrás añadir el segundo seguro, no podrás cambiar uno por otro y tendrás que abonar los dos.
- No podrás ni seleccionar, ni cambiar ni dar de baja ninguna tasa opcional porque no te aparecerán.
- Al terminar la modificación, se te mostrará el importe resultante de aplicar la liquidación, incluída la tasa de modificacion, si corresponde.
Devolución del importe de anulación de matrícula
La devolución del importe sólo será posible si la anulación o la modificación se ha realizado por causas imputables a la UAB. No obstante, si has anulado la matrícula porque la Oficina de Acceso a la Universidad (OAU) te ha adjudicado otra plaza en una universidad pública como consecuencia de una reasignación de plazas dentro del proceso de preinscripción, tendrás derecho a la devolución, siempre que presentes la solicitud de anulación de matrícula antes de la fecha que establezca el decreto de precios, salvo el importe abonado en concepto de gestión del expediente académico.
Si tienes que realizar modificaciones en la matrícula se te cobrará una sola vez el precio público establecido (27,27 euros), además del importe resultante del incremento de los créditos matriculados.
No hay que abonar el precio público de modificación matrícula en los siguientes supuestos:
- Cuando las modificaciones se realicen en el marco de un programa de intercambio, siempre y cuando se realicen durante las seis semanas siguientes a la incorporación a la otra universidad.
- Cuando las modificaciones vengan determinadas por el calendario de matriculación del centro (es el caso del proyecto de fin de carrera, las prácticas en empresas, proyectos de investigación, etc).
- Cuando la modificación se produce porque la UAB ofrece nuevas asignaturas con posterioridad a la formalización de la matrícula.
- Cuando las modificaciones sean por causas imputables a la UAB.
- Cuando deba incorporarse el seguro complementario para la inscripción en unas prácticas extracurriculares a través de Treball Campus.
- El importe de las modificaciones de matrícula se abonará en un único pago y por domiciliación bancaria. En el caso de que solicites una modificación de matrícula que implique un pago adicional, se cobrará en un único plazo y no se añadirá a los posibles pagos que tengas pendientes. El cargo se producirá en la cuenta bancaria a partir de la fecha de la resolución.
- Cada centro publicará los criterios para resolver las solicitudes de modificación de matrícula.
- Una vez se conceda la anulación o la modificación de la matrícula, se aplicará el expediente académico y no podrás renunciar.
- Si quieres anular asignaturas obligatorias repetidas será necesario que también anules las asignaturas nuevas.
- La anulación total de la matrícula equivale a haberte matriculado para el cómputo de años que establece el Régimen de permanencia. Los años de permanencia se empiezan a contar a partir de la primera matrícula, tanto si durante un curso o más no cursas ninguna asignatura.
- En el caso de alumnos de nuevo acceso, si has anulado totalmente la matrícula, sólo se te reservará plaza para el curso siguiente, siempre y cuando hayas hecho efectivo el importe de la matrícula. Este beneficio sólo se aplica a los estudiantes de nuevo ingreso en la UAB y sólo una única vez.
- La modificación de la matrícula tendrá el efecto correspondiente para los estudiantes que han solicitado cualquiera de las becas ofrecidas o gestionadas por la UAB.
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el cual se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, está derogado por el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el cual se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
Matrícula. Anulación. Solicitud
Matrícula. Modificación. Solicitud
Normativa académica UAB. Vigente a partir del curso 2022-2023