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Consejos de Departamento

¿Qué es?

El consejo de departamento es el órgano colegiado de gobierno del departamento y lo preside el director o directora del departamento. Se reúne en sesión ordinaria, como mínimo, una vez al año.

Funcionamiento

Las atribuciones principales del consejo de departamento son:

  • elaborar y aprobar el reglamento de funcionamiento interno;
  • elegir y revocar al director; aprobar la relación y distribución de los costes y su ejecución;
  • aprobar la memoria anual de sus actividades;
  • elaborar los informes que sean de su competencia;
  • programar y coordinar la labor docente del Departamento y proponer los programas de Doctorado;
  • formular a la Junta de Facultad o de Escuela las sugerencias que crea oportunas en relación con los planes de estudios;
  • promover la creación de institutos universitarios de investigación y otros centros de investigación;
  • organizar cursos de especialización o divulgación, seminarios y ciclos de conferencias, dentro de sus áreas de conocimiento y especialidades y fomentar la coordinación de estas actividades con otros departamentos;
  • promover la formalización de contratos con entidades públicas o privadas para la realización de trabajos científicos, técnicos o artísticos; proponer, para su designación, los miembros de las comisiones de selección del personal docente e investigador, funcionario y contratado;
  • proponer la contratación de profesorado emérito y visitante; proponer la contratación de personal, al efecto de investigación, para efectuar trabajos temporales o específicos;
  • crear comisiones.

Composición

El Consejo de Departamento estará constituido por todo su personal académico doctor y por una representación del resto, así como por una representación del personal investigador en formación, del personal de administración y servicios y de los estudiantes, en los términos que establezca el reglamento de cada Departamento.