Consejos de Departamento
¿Qué es?
El consejo de departamento es el órgano colegiado de gobierno del departamento y lo preside el director o directora del departamento. Se reúne en sesión ordinaria, como mínimo, una vez al año.
Funcionamiento
Las atribuciones principales del consejo de departamento son:
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elaborar y aprobar el reglamento de funcionamiento interno;
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elegir y revocar al director; aprobar la relación y distribución de los costes y su ejecución;
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aprobar la memoria anual de sus actividades;
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elaborar los informes que sean de su competencia;
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programar y coordinar la labor docente del Departamento y proponer los programas de Doctorado;
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formular a la Junta de Facultad o de Escuela las sugerencias que crea oportunas en relación con los planes de estudios;
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promover la creación de institutos universitarios de investigación y otros centros de investigación;
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organizar cursos de especialización o divulgación, seminarios y ciclos de conferencias, dentro de sus áreas de conocimiento y especialidades y fomentar la coordinación de estas actividades con otros departamentos;
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promover la formalización de contratos con entidades públicas o privadas para la realización de trabajos científicos, técnicos o artísticos; proponer, para su designación, los miembros de las comisiones de selección del personal docente e investigador, funcionario y contratado;
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proponer la contratación de profesorado emérito y visitante; proponer la contratación de personal, al efecto de investigación, para efectuar trabajos temporales o específicos;
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crear comisiones.
Composición
El Consejo de Departamento estará constituido por todo su personal académico doctor y por una representación del resto, así como por una representación del personal investigador en formación, del personal de administración y servicios y de los estudiantes, en los términos que establezca el reglamento de cada Departamento.