Presentación de proyectos experimentales con animales
El Comité de Ética en Experimentación Animal (CEEA) de la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB), evalúa todos aquellos proyectos que utilizan animales de experimentación e introduce la información a través de la aplicación que hay en la Intranet, siguiendo el procedimiento descrito en el apartado: Presentación y evaluación de proyectos.
El investigador debe presentar el proyecto con el/los procedimiento/s asociado/s. Este proyecto será revisado por el asesor en bienestar animal (ABA) de la instalación donde se vaya a realizar el proyecto y posteriormente pasará a ser evaluado por todos los miembros del CEEA en la próxima reunión. Una vez que el CEEA informe favorablemente del proyecto, debe tramitarse a un órgano habilitado y posteriormente al órgano competente (Generalitat), para que sea comunicado o autorizado el proyecto.
Se entiende por proyecto un programa de trabajo con un objetivo científico definido y en el que se realizan uno o varios procedimientos.
1. Los proyectos de Tipo I son los proyectos en que se dan simultáneamente las tres circunstancias siguientes:
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Implican exclusivamente procedimientos clasificados como "sin recuperación", "leves" o "moderados".
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No utilizan primates.
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Se realizan para cumplir requisitos legales o reglamentarios, o con fines de producción o diagnóstico por métodos establecidos.
2. Los proyectos de Tipo II son los proyectos en que se dan simultáneamente las circunstancias siguientes:
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Implican exclusivamente procedimientos clasificados como "sin recuperación", "leves" o "moderados".
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No utilizan primates.
3. Los proyectos de Tipo III son el resto de proyectos.
Debe solicitarse autorización previa y expresa para la realización de proyectos con procedimiento/s incluidos en alguno de los supuestos del artículo 34 del Decreto 214/1997, de 30 de julio.
Deben comunicarse los proyectos Tipo I con procedimiento/s no incluidos en ninguno de los supuestos del artículo 34 del Decreto 214/1997, de 30 de julio.
La prórroga de la autorización o la comunicación de un proyecto de experimentación con animales se debe solicitar previamente a la finalización del periodo de validez (6 meses).
En relación con la clasificación de la severidad de los procedimientos de experimentación animal (art. 27 del RD 53/2013, de 1 de febrero), en la memoria técnica de los procedimientos de experimentación habrá que incluir la clasificación de la severidad del procedimiento (sin recuperación, leves, moderados o severos).
En el anexo IX del RD 53/2013, de 1 de febrero, están establecidos los criterios de clasificación.
En el caso de proyectos de tipo II y III, el investigador responsable debe presentar, junto con la documentación del proyecto, el Resumen no técnico (en versión castellana, obligatoriamente).
Estos resúmenes permiten proporcionar información a los ciudadanos interesados sobre las razones y la manera por las que se utilizan animales con fines científicos o docentes.
Estos resúmenes serán anónimos y no incluirán nombres ni direcciones de usuarios ni de personas. Los órganos competentes publican los resúmenes no técnicos de los proyectos autorizados y sus actualizaciones.
Publicación Resúmenes no técnicos. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
La evaluación retrospectiva solamente será obligatoria para los proyectos de tipo III y para los proyectos de tipo I y II que estén clasificados como severos. Esta evaluación retrospectiva la realizará el órgano habilitado.¿Se evaluará:
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Si se han conseguido los objetivos del proyecto.
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El daño infligido a los animales, incluidos el número y las especies de animales utilizados, y la severidad de los procedimientos.
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Cualquiera de los elementos que puedan contribuir a una mejor aplicación del requisito de reemplazo, reducción y refinamiento.
- Solicitud autorización/comunicación (a cumplimentar por el CEEA).
- Memoria del proyecto (a rellenar por el investigador responsable y que debe adjuntarse al apartado 4 del aplicativo). El formulario puede descargarse en la web del OGE.
- Memoria del procedimiento (a rellenar por el investigador responsable, PDF que se genera del aplicativo).
- RNT (a rellenar por el investigador responsable y que debe adjuntarse al apartado 9 del aplicativo). El formulario puede descargarse en la web del OGE.
- Informe del CEEA.
- Informe del OH.