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Información sobre la acreditación del nivel B2 de lengua extranjera al acabar los estudios

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Font: istock-Zhuda
El vicerrector de Programación Académica y de Calidad, José Ros, ha informado a las coordinaciones de grado y en las gestiones académicas señalando que la expedición del título de grado cursado en la UAB no estará vinculada a la acreditación del nivel B2 de lengua extranjera.

28/04/2017

En relación al deber de los y las estudiantes que iniciaron sus estudios universitarios el curso 2014-2015 acreditar el conocimiento de una lengua extranjera entre las establecidas en las pruebas de acceso con un nivel equivalente al B2 del marco común europeo de referencia para las lenguas del Consejo de Europa (Ley 2/2014 de 30 de enero), el equipo de Gobierno de la UAB ha manifestado que la expedición de los títulos oficiales de grado en la UAB se hará de acuerdo con el marco legal de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre de universidades.

Esta ley establece que los títulos con validez en todo el territorio del estado español los expide la universidad y que es ésta, en el marco de la autonomía universitaria, quien elabora y aprueba los planes de estudio de estas enseñanzas. Por eso la expedición del título de grado cursado en la UAB no estará vinculada a la acreditación del nivel B2 de lengua extranjera.

Sin embargo, la UAB valora la importancia del conocimiento de lenguas extranjeras, como figura en las memorias de sus planes de estudios. Para ello utiliza los recursos a su alcance para favorecer que toda la comunidad universitaria pueda conocer su nivel de competencia en lenguas extranjeras y encuentre los mecanismos que le permitan mejorarla.